¿Sabes qué es un autónomo societario? Si tenemos una sociedad mercantil o estamos planificando una, tendremos que darnos de alta como autónomos societarios. Sin embargo, debemos tener claro que este tipo de régimen tiene una forma de cotizar diferente. Además, sus características jurídicas, y otras propias, lo hacen diferente a los demás regímenes.
Debemos estar claros en el funcionamiento de nuestra sociedad comercial, debido a que de ello dependerá la cuota que pagaremos y las obligaciones fiscales que contraeremos.
¿Qué es un autónomo societario?
En este artículo de CD Nogueira les mostraremos qué es un autónomo societario, sus responsabilidades fiscales y otras obligaciones. Además, repasaremos algunos beneficos adquiridos.
Alta como autónomo o como sociedad
Podemos darnos de alta como autónomos o como sociedad siendo la más usual la Sociedad Limitada o SL. Sin embargo, para seleccionar cualquiera de las opciones tenemos que tomar en cuenta ciertos aspectos:
Límites de responsabilidad
Si nos damos de alta como autónomos, nuestra responsabilidad es casi ilimitada y se extiende a nuestros bienes privados.
En el caso de que nuestra intención sea la de construir una Sociedad Limitada (SL), las responsabilidades asumidas son limitadas y nuestro patrimonio personal permanece intocable.
Si nuestro negocio no sale como queremos la sociedad limitada hará que el posible revés no se lleve nuestro patrimonio.
Rapidez del alta
Como autónomos podremos obtener un alta en muy poco tiempo y resultará mucho más fácil. Además, nos generará menos gastos.
Para que un autónomo pueda darse de alta en Hacienda y Seguridad Social, debe rellenar el Modelo 036 o 037 y el TA. 0521, respectivamente.
En el caso de una sociedad limitada, necesitaremos cumplir con una serie de pasos para arrancarla. Entre esos pasos están: seleccionar la denominación social, constitución de la empresa, registro mercantil, etc.
Otros aspectos
Si somos personas físicas o jurídicas podremos beneficiarnos de la tarifa plana, la más conocida bonificación de la Seguridad Social.
Por otra parte, para un autónomo resulta más sencillo administrar las obligaciones contables, fiscales y mercantiles que a una sociedad mercantil.
Si nuestra idea es realizar una actividad económica por nuestra cuenta, tendremos dos alternativas: podemos darnos de alta como autónomos o como Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal o SLU.
Sin embargo, si somos varios los de la idea comercial, tendremos que darnos de alta como una sociedad, cooperativa, comunidad de bienes, etc. Todas estas son figuras para la formación de sociedades que nos permitirán emprender cualquier actividad económica de manera conjunta.
¿Quiénes están obligados a darse de alta como autónomos societarios?
Existen personas que de acuerdo con su función en una sociedad están obligados a darse de alta como societarios. Todo dependerá del grado de control efectivo que posean en una sociedad o del grado de cumplimiento de ciertas funciones dentro de la sociedad.
Autónomo societario con control efectivo
Se dice que un autónomo societario tiene control efectivo en una sociedad cuando posee por lo menos el 50% del volumen accionario o de participaciones de la sociedad mercantil. También pasa lo mismo cuando:
- Posee por lo menos el 50% del capital sumando a las participaciones, las del cónyuge y las de los familiares consanguíneos, por afinidad o adopción hasta el segundo grado. Esto, siempre y cuando conviva con ellos.
- Tiene, por lo menos el 33% del capital social de la sociedad o empresa.
- Posee por lo menos el 25% del capital y además ejerce funciones de dirección y gerencia.
Resulta importante saber que, si como autónomos societarios no realizamos ninguna función en la sociedad mercantil, no estamos obligados a cotizar como autónomos societarios.
Socios con control efectivo obligados al alta como autónomos societarios
Por otro lado, los socios que poseen el control efectivo que están obligados al alta como autónomos societarios son los siguientes:
- Cualquier socio con control efectivo y que al mismo tiempo cumpla funciones como administrador de la empresa. Indistintamente que el cargo sea retribuido o no, siempre que ejerza un cargo activamente y acompañado con tareas de gerencia y dirección.
- Cuando el socio con control efectivo además es administrador de la sociedad. Sin embargo, solo ejerce actuaciones ocasionales y se limita a cumplir con funciones algo más formales. Además, es otra persona la que dirige el negocio y solo cotizará como autónomo societario cuando trabaja también en la sociedad y percibe remuneración por ello.
- Cuando el socio con control efectivo no tiene la función de administrador y únicamente cotiza en el RETA. Además, trabaja para la empresa y percibe remuneración.
- Si el socio con control efectivo de la empresa no es administrador ni trabaja en ella no está obligado a cotizar a la Seguridad Social.
¿Cómo queda el autónomo societario con el IPRF?
La mayor duda que surge alrededor del autónomo societario es si forma parte de la nómina de la sociedad o, si al contrario, debe facturarle a la empresa por rendimientos debidos a las actividades que realiza.
Si queremos saber cómo relacionarnos con nuestra sociedad debemos conocer algunas diferencias:
- Si somos socios que trabajamos como profesionales para una sociedad y esa sociedad desarrolla la misma actividad profesional que nosotros y, además, estamos obligados a darnos de alta como autónomos societarios, tendremos que facturar. En otras palabras, nuestra actividad puede clasificarse en la Sección Segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- En los demás casos, seremos incluidos en la nómina de la sociedad.
¿Cómo queda el autónomo societario con el IVA?
Las facturas que emitimos como autónomos societarios podrán llevar el IVA o no. Esto va a depender de la actividad comercial que desarrollemos dentro de la sociedad mercantil, si somos independientes o no.
En el caso que seamos autónomos societarios independientes de la sociedad, nuestra facturación sí llevará el IVA. Y, en el caso que seamos autónomos societarios dependientes de la sociedad mercantil, nuestra facturación no incluirá el IVA.
Es importante conocer qué significa el desarrollo independiente de una actividad comercial profesional.
Veamos tres aspectos que definen el desarrollo independiente de una actividad profesional:
- En primer lugar, el desarrollo independiente de una actividad profesional no queda sujeto a los criterios de organización de la sociedad mercantil. Esto significa que, podemos organizar nuestra actividad en forma autónoma, independientemente de la manera en que operan los demás empleados de la empresa.
- Podremos percibir una remuneración debida al ejercicio de nuestra actividad profesional. Esto implica no tener una remuneración fija y depender del trabajo profesional que desempeñemos y sus resultados dentro de la sociedad mercantil.
- Como último aspecto, somos los autónomos societarios quienes tenemos la responsabilidad ante terceros. Esto quiere decir que, los autónomos societarios serán los responsables ante terceros de cualquier perjuicio producto de su trabajo.
¿Cómo cotizan los autónomos societarios?
Históricamente, los autónomos societarios no tenían derecho al beneficio de las bonificaciones contempladas para el RETA al igual que los autónomos personas físicas. Uno de esos beneficios era el de disfrutar de la Tarifa Plana de 60 euros. Este beneficio solo les correspondía a los autónomos personas físicas y no a las personas jurídicas.
Sin embargo, con el tiempo, varias sentencias a favor de los autónomos societarios han sentado jurisprudencia impulsando, en septiembre de 2020, a la Seguridad Social a emitir un cambio en sus disposiciones con respecto a este beneficio.
Beneficios adquiridos por los autónomos societarios
Ya en la actualidad el autónomo societario tiene pleno derecho a solicitar el beneficio de la Tarifa Plana.
En cuanto al importe de la cuota que tendrá que pagar el autónomo societario como tarifa plana, la Seguridad Social ha establecido la aplicación del 80% de la base mínima de la cotización establecida en 2020 correspondiente a 1.214,10 euros. Después del primer año de actividad se podrán aplicar las bonificaciones en partes, 50% los primeros seis meses y la diferencia (30%), para el segundo semestre del año.
Por otra parte, la cuota de autónomo societario también parte de la base mínima de cotización (1.214,10 euros) y será de 364,22 euros. Esto significa un aumento de más de 78 euros con respecto a la cuota mínima que deben pagar los autónomos personas físicas. Además, la base máxima se ha establecido en 4.070,10 euros.
Un factor que debemos tomar en cuenta es que la base de cotización del autónomo societario sube periódicamente.
Otra característica de la cuota del autónomo societarios es que esta se encuentra vinculada al incremento del Salario Mínimo Interprofesional. Esto, hasta que en 2017 se aprobó la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que la sujeta a los Presupuestos Generales del Estado.
Esperamos que este artículo sobre qué es un autónomo societario, les haya resultado útil. CD Nogueiras se encuentra comprometida en brindar un servicio de calidad de asesoría legal profesional. Es por esa razón que si necesitas algún tipo de información al respecto de esta guía, puedes contactarnos y responderemos tu solicitud a la mayor brevedad posible.