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Cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos

By agosto 10, 2020 No Comments

Cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos es la primera pregunta que se hace un autónomo cuando cesa su actividad comercial. Si vamos a solicitar el desempleo de autónomos y así poder cobrar la prestación por cese de actividad, necesitaremos conocer algunos detalles.

Cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos

En este artículo de CD Nogueiras encontraremos toda la información relacionada con el cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos. Aquí veremos, cuáles son los plazos para hacerlo, dónde introducir la solicitud y cuáles son los documentos que debemos presentar al hacerlo.

¿Cómo tramitar la solicitud de desempleo de autónomos?

Debemos tener presente que, para tramitar el desempleo de autónomos, debemos cumplir con dos procesos básicos. Además, tendremos que presentar correctamente la documentación solicitada.

Otro de los aspectos que debemos tener en cuenta, además de los requisitos que nos exigen, es la justificación expuesta de manera correcta de la causa de nuestro cese de actividad. Ya veremos aquí que este último aspecto no resultará muy fácil. Sin embargo, es posible lograrlo.

La razón por la que hemos cesado la actividad varía. Es por esos que la documentación a presentar depende de ese factor o causa.

Veamos entonces, dónde vamos a solicitar el paro de autónomo.

Cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos

¿Dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos?

Lo primero que haremos es darnos de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por cese de actividad.

Es importante recordar que debemos tener al menos 12 meses cubiertos de la cotización por cese de actividad. Además, no tendremos derecho al paro de autónomos si mantenemos deudas con la Seguridad Social. En caso de tener deudas con la Seguridad Social, disponemos de 30 días para cancelar nuestra deuda, lo cual podremos hacer con tarjeta bancaria de débito o crédito.

Antes de finalizado nuestro último día del mes posterior al de nuestra baja en el RETA, nos tendremos que dirigir a nuestra Mutua. Esta es la instancia que se encargará de tramitar nuestras prestaciones. Es ella quien se encargará de estudiar nuestro caso y darle la aprobación o no. En otras palabras, es la que decide si tenemos derecho a cobrar nuestra prestación.

Si nos pasamos del plazo establecido, se nos descontará el valor que corresponda a los días extra.

Nota: Es fundamental saber que el Real Decreto-ley 28/2018 contempla, en el caso de que la Mutua rechace nuestra solicitud, la introducción del recurso de reclamo. Esto hará que nuestro caso sea sometido a revisión por una comisión designada para ello.

Cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos

Documentación necesaria para tramitar el desempleo de autónomos

Existen dos tipos de documentación que forman parte de los requisitos que debemos presentar. Estos son, la documentación básica y los documentos específicos. Estos últimos, dependerán del tipo de autónomos que seamos, así como las circunstancias que nos obligaron a gestionar el paro de autónomos.

A continuación, entraremos en los detalles de la documentación genérica.

Documentación genérica

Adicionalmente a los formularios que debemos presentar del RETA y Hacienda vamos a tener que presentar los siguientes documentos en nuestra Mutua:

  • Solicitud de Prestación por Cese de Actividad.
  • Declaración jurada de la prestación por cese de actividad de las personas trabajadoras autónomas.
  • Documentos DNI, NIE (deberá presentarse conjuntamente con el documento de identificación que nos acredita nuestro país de origen, o pasaporte) o TIE (además del pasaporte). Tendremos que presentar nuestros documentos y adicionalmente, los de los hijos que conviven con nosotros. Es recomendable, y aún mejor, si llevamos originales (vigentes) y copias, por si resulta necesario.
  • Libro de familia (o en otro caso un documento equivalente para extranjeros) o resolución judicial o escrito de formalización de acogimiento.
  • Si somos autónomos discapacitados reconocidos, debemos adjuntar el documento oficial de reconocimiento.
  • Cuando vamos a solicitar el paro como trabajadores autónomos con empleados a nuestro cargo, tenemos la obligación de adjuntar una declaración jurada de haber cumplido con las garantías, obligaciones y procedimientos regulados.
  • Si hemos sido autónomos en cualquier país de la Unión Europea, también podremos solicitar el paro. Sin embargo, necesitaremos presentar el documento U-1 que demuestre que hemos cubierto las cotizaciones.

Ahora vamos a ver qué documentación necesitamos presentar que esté relacionada con el tipo de trabajador autónomo que somos y los motivos que generaron el cierre temporal de nuestro negocio.

Cómo y dónde tramitar la solicitud de desempleo de autónomos

Documentación específica según el tipo de autónomo

Previamente, debemos tener a la mano la documentación señalada en el punto anterior para cualquiera de los casos que expondremos. Adicionalmente, es importante anexar cualquier otro documento que acompañe esta documentación y que sirva para acreditar las causas del cierre de nuestra actividad comercial.

Veamos cuáles son estos documentos específicos según el caso en el que nos encontremos.

Paro de autónomos por razones económicas, técnicas, productivas u organizativas

  • Si vamos a tramitar el paro de autónomos por pérdidas, para realizar la demostración tendremos que presentar las autoliquidaciones trimestrales realizadas. Estas incluyen el IVA e IRPF, o en su defecto, un documento que acredite nuestros ingresos emitido por la AEAT.
  • La resolución judicial o administrativa, en el caso de que el paro se deba al cierre por pérdidas.
  • Si la razón es la pérdida de la licencia, debemos incluir el certificado que explique las causas, así como la fecha de entrada en vigencia de la medida y la fecha de expiración.
  • Si vamos a solicitar el paro como autónomos por concurso de acreedores, debemos anexar el auto de cierre de las oficinas o de los establecimientos de los que seamos titulares. Adicionalmente, el auto de cese de la actividad empresarial. Es importante agregar todos los documentos relacionados con el cierre del establecimiento o su traspaso a terceros.

Paro de autónomos societarios

Si somos autónomos societarios tendremos que anexar el acta emanada de la Junta de Accionista que motivó nuestro cese como autónomos societarios. Además, debemos presentar el registro de la revocación del cargo realizado ante el Registro Mercantil ya que es obligatorio registrar el cese.

En el caso que seamos algún otro tipo de socio de la compañía, debemos llevar a la Mutua cualquier documento que sirva para comprobar nuestro cese. También, cualquier acuerdo de la Junta relativo a la reducción de capital por pérdidas, según sea el caso.

Paro de autónomos colegiados

Debemos solicitar a nuestro Colegio Oficial la documentación que nos acredita la baja del mismo o en su defecto un documento que confirme que no estamos ejerciendo nuestra profesión.

Paro de autónomos colaboradores

En el caso que seamos autónomos colaboradores, la norma contempla varias razones que pueden justificar la solicitud de paro. Estas nos darán el derecho a solicitar y recibir el desempleo de autónomos colaboradores y cada razón va a requerir de una documentación en particular:

  • Si nos hemos quedado en paro como autónomos debido al fallecimiento del titular del negocio, debemos presentarle a la Mutua, como información adicional a los documentos comunes, el Certificado de Defunción del titular del negocio debidamente registrado ante el Registro Civil.
  • Cuando la razón es que el autónomo titular cierra su negocio por incapacidad, o por jubilación, tendremos que presentar la constancia de incapacidad o de jubilación de nuestro familiar titular.
  • Si nuestro caso es el de paro de autónomo por divorcio o separación, debemos incluir en nuestra solicitud la resolución judicial. Adicionalmente, debemos incluir cualquier documento que certifique que hemos dejado de ejercer nuestra actividad en el negocio.

Paro de autónomos del Mar

Para este caso debemos incluir, además de la documentación básica señalada, una certificación de los depósitos fiscales del Rol de nuestra embarcación.

Paro de autónomos por fuerza mayor

Para el caso de solicitud de paro de autónomos por fuerza mayor tendremos que anexar, además de los documentos básicos, la documentación que explique y acredite la razón que nos impide continuar con nuestra actividad económica. Esta documentación debe especificar si el motivo es temporal o definitivo.

Si nuestro negocio cierra temporalmente debemos colocar en el documento una estimación del tiempo en el que estará cerrado.

En este caso es fundamental la presentación de la declaración jurada.

Paro de autónomos TRADE

Si somos autónomos TRADE o trabajadores autónomos económicamente dependientes y dependiendo de la causa del cese de actividad comercial, tendremos que anexar adicionalmente las siguientes constancias a nuestra Mutua:

  • Constancia de terminación de la duración convenida en el contrato como autónomo TRADE, o conclusión de la obra o servicio prestado.
  • Documento que pruebe el incumplimiento contractual grave por parte de nuestro cliente principal. Este documento debe estar debidamente acreditado.
  • Constancia de rescisión de nuestro contrato por parte de nuestro cliente principal por razón justificada o injustificada, según lo establecido en el Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • Cese debido a muerte, incapacidad o jubilación de nuestro cliente principal, siempre que esto impida la continuación de nuestra actividad. En cualquier caso, debemos presentar un documento que certifique la muerte, incapacidad o jubilación de nuestro cliente.

Nota: Debemos tener en cuenta que durante el tiempo que estemos cobrando la prestación por cese de actividad comercial, no podremos realizar trabajos como autónomos TRADE. Además, si tenemos algún otro cliente, tendremos que paralizar la actividad con él.

Paro de autónomos por violencia de género

Si hemos sido víctimas de algún tipo de violencia de género y esta es la causa principal por la que hemos cesado nuestra actividad, debemos presentar, además de los documentos básicos, un documento que demuestre la judicialización del caso. Podemos añadir las diligencias previas, medidas cautelares, sentencia firme en caso de haberla, etc.

Lo importante, de acuerdo con la ley vigente, es iniciar el proceso de denuncia del caso. Asimismo, debemos anexar una declaración escrita de haber cesado la actividad económica donde indiquemos el tiempo estimado de inactividad.

También le puedes echar un vistazo a nuestro artículo donde explicamos qué consiste la capitalización del desempleo.

En CD Nogueiras estamos comprometidos en brindarles un servicio de calidad de asesoría legal profesional. Es por esa razón que si necesitas algún tipo de información al respecto de esta guía, puedes contactarnos y responderemos tu solicitud a la mayor brevedad posible.