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Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)

By mayo 31, 2021 No Comments

¿Sabes en qué consiste la declaración de operaciones con terceras personas? La declaración de operaciones de terceras personas es una declaración informativa. Esta declaración la efectúan los autónomos y pymes anualmente cuando realizan operaciones con clientes o proveedores y superan en conjunto los 3.005,06 euros.

Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)

Esta declaración se realiza en el mes de febrero de cada año y es conveniente que crucemos nuestros datos con los de nuestros clientes y proveedores para evitar incongruencias. Es una declaración que se efectúa empleando el Modelo-347 de la Agencia Tributaria.

Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)Declaración de operaciones con terceras personas empleando el modelo 347

En este artículo de CD Nogueiras, les hablaremos de la declaración de operaciones con terceras personas empleando el modelo 347.

Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)1. ¿Qué es el modelo 347?

El Modelo 347 consiste en una planilla o formato donde realizamos la declaración anual de operaciones con terceros. Este es un modelo destinado a proporcionar información. Es por ello que el llenarlo no significa el pago o la devolución de valor alguno.

En este modelo le informamos a Hacienda sobre las operaciones que hemos realizado con terceros a lo largo del ejercicio fiscal. Esto significa que le notificamos sobre los clientes y distribuidores o acreedores a los que les hayamos comprado o vendido servicios o productos por un monto mayor a 3.005,06 euros (incluido el IVA) durante el año natural.

Todos, incluidos clientes y proveedores de bienes o servicios tenemos la obligación de presentar esta declaración empleando el modelo 347. Esta declaración es supervisada por la Administración Publica quien cruza las informaciones presentadas para detectar cualquier incongruencia en las operaciones declaradas. Sin embargo, en algunos casos puede registrarse alguna discrepancia debido a la presentación en diferente período por parte de algún proveedor.

Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)

2. Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?

Todas las personas físicas o autónomos y jurídicas, incluidas sociedades públicas y privadas que desarrollen actividades comerciales y profesionales en las que facturen operaciones, tienen la obligación de presentar la declaración anual de operaciones con terceros, sin importar su naturaleza, si superan un importe de 3.005,06 euros al año incluido el IVA.

Sin embargo, existen excepciones. Veamos quiénes están exentos de presentar la declaración anual de operaciones con terceros empleando el modelo 347:

  • Quienes no alcancen el monto anual de 3.005,06 euros quedan exentos de presentar la declaración. Para el caso de cobros por cuenta de terceros por honorarios profesionales, derechos provenientes de la propiedad intelectual, de autor o industrial o cualquier otro por cuenta de socios, colegiados o asociados, el límite se reduce sustancialmente hasta el monto de 300,51 euros.
  • Quienes no dispongan de domicilio fiscal, sede de actividad económica o establecimiento permanente en España.
  • Aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren en régimen de atribución de rentas tributadas en el IRPF mediante estimación objetiva o por módulos y en paralelo mediante el régimen simplificado del IVA en ganadería, pesca y agricultura o por recargo de equivalencia. Esto, excepto operaciones que han sido excluidas de estos regímenes o por aquellas por las que se emitan facturas.
  • Aquellas personas físicas y jurídicas exceptuadas de acuerdo con el artículo 33.2 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
  • Las personas físicas y jurídicas obligadas tributarias que deben brindar información sobre las operaciones comerciales reflejadas en los libros de registro del IVA de acuerdo con el artículo 36 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

Cualquier persona física o jurídica que esté obligada a presentar la declaración anual de operaciones (modelo 347) y que deje de hacerlo será objeto de sanción. Esta sanción consiste en el pago de una multa que va desde 300 euros hasta 20.000 euros. La sanción se calcula sobre la base de 20 euros por dato o grupo de datos referidos a una persona o entidad según lo previsto en los artículos 93 y 94 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

3. Operaciones declarables en el modelo 347

Las operaciones comerciales que en conjunto superan los 3.005,06 euros y que son declarables en el modelo 347 son las siguientes:

  • Operaciones de naturaleza inmobiliaria.
  • Ayudas y subvenciones no reembolsables.
  • Anticipos a proveedores y clientes.
  • Operaciones con empresas de seguros.
  • Adquisición y entrega de bienes y servicios que estén sujetos o no al IVA y los exentos o no al IVA. La declaración de estas operaciones fue incluida en 2014 y es solo para establecimientos o entidades privadas de tipo social y de comunidades de propietarios sin importar su naturaleza empresarial o profesional.
  • Arrendamientos que no estén sometidos a retención. Los alquileres que están sometidos a retención serán declarados en el Modelo-180.

Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)

4. Plazos y modo de presentación del modelo 347

El plazo para la presentación del modelo 347 es durante todo el mes de febrero de cada año. Para la presentación de la declaración anual de operaciones con terceros empleando el modelo 347 correspondiente a 2020, el plazo es desde el 1° de febrero hasta el 1° de marzo de 2021.

Para realizar esta declaración debemos ir a la página de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y mediante el certificado digital, la DNI electrónica o el PIN.

NOTA. Es recomendable confiar en los servicios de un asesor experto en materia tributaria a la hora de presentar esta declaración anual de operaciones con terceros o modelo 347, así como cualquier otra tramitación tributaria que derive de la actividad comercial.

5. Cómo completar el modelo 347

Es importante que antes de completar el modelo 347, confirmemos con nuestros clientes y proveedores los importes acreditados a los fines de coincidir con ellos. Es posible que sean recibidas las facturas en períodos diferentes. Sin embargo, los importes deben coincidir. Cualquier incongruencia en los datos se detectará en Hacienda cuando se crucen los datos proporcionados por nosotros y nuestros proveedores o clientes.

Este modelo de declaración anual de operaciones con terceros se compone de tres partes:

1. Resumen de datos

En el resumen de datos se recogen los datos de identificación del declarante. Por ejemplo, el tipo de ejercicio si es el caso de una declaración complementaria o sustitutiva, fecha y firma de la declaración.

El resumen de datos ocupa la mayor parte del modelo de declaración y en él se encuentran las siguientes casillas:

    • Casilla 01. Aquí se detallan los clientes y proveedores con los que el declarante ha realizado operaciones comerciales con valores superiores a los 3.005,06 euros.
    • Casilla 02. En esta casilla se indica el valor total de las operaciones comerciales que hemos realizado con nuestros clientes y proveedores mencionados en la casilla 01. Este monto debe incluir el IVA.
    • Casilla 03. Aquí se señala el número total de los locales comerciales del declarante.
    • Casilla 04. En esta casilla anotamos el valor del alquiler de los locales de nuestro negocio que hemos especificados en la casilla anterior. Este valor debe incluir el IVA.

2. Relación de declarados

La información que hemos suministrado en este modelo de declaración identifica a nuestros clientes y proveedores con los que hemos realizado las operaciones comerciales declaradas y que superan los 3.005,06 euros.

El desglose de las operaciones declaradas debe hacerse de manera trimestral y los cálculos del volumen de estas operaciones deben realizarse conforme a la Ley del IVA. Por lo general, la fecha del IVA es la que marca el trimestre correspondiente al ejercicio.

En cada una de las operaciones con terceros debe declararse el nombre o razón social, el NIF, provincia donde se ubica, el monto anual de las operaciones comerciales y la naturaleza de la operación, entre otras características.

3. Relación de inmuebles

En la relación de inmuebles se relacionan los locales alquilados que tienen un importe superior a los 3.005,06 euros. En este punto se especifican la dirección del local, el NIF del arrendatario, nombre comercial y el monto del alquiler.

Declaración de operaciones con terceras personas (Modelo 347)

Esperamos que este artículo sobre la declaración de operaciones con terceras personas, les haya resultado útil. CD Nogueiras se encuentra comprometida en brindar un servicio de calidad de asesoría legal profesional. Es por esa razón que si necesitas algún tipo de información al respecto de esta guía, puedes contactarnos y responderemos tu solicitud a la mayor brevedad posible.