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Qué es y cuáles son las causas para una desheredación

By abril 12, 2021 No Comments

¿Sabes qué es y cuáles son las causas para una desheredación? En este artículo de CD Nogueiras explicaremos qué es y cuáles son las causas para una desheredación. Hablaremos de sus implicaciones y mecanismos para hacerlo.

A continuación, presentaremos algunos conceptos básicos que nos ayudarán a comprender de qué se trata la desheredación.

Qué es y cuáles son las causas para una desheredación

Qué es la herencia ¿Qué es la herencia?

Según el Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil, Título III De las sucesiones Disposiciones generales, Art. 659:

“La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte.”

Qué es la desheredación ¿Qué es la desheredación?

Se le conoce como desheredación al acto legal con el que el testador sanciona civilmente a uno de sus herederos forzosos retirándole el derecho a la porción de la herencia que le corresponde. Esta porción de la herencia se denomina la legítima.

Qué es la legítima ¿Qué es la legítima?

De acuerdo con el mismo Real Decreto por el que se publica el código Civil Español, en su Art. 806:

“Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.”

El término desheredación sugiere la privación de la herencia a un heredero. Sin embargo, se refiere únicamente a la privación de su correspondiente legítima.

Significa que no podrá disfrutar de su legítima y esta puede ser transferida a un particular o a un extraño de la familia. Esto lo califica como un heredero no legitimario.

Si se va a desheredar a una persona que no tiene derecho a la legítima basta con excluirla del testamento. No es el caso de una persona que es heredero legitimario debido a que involucra un proceso más complicado.

Quiénes son los herederos forzosos ¿Quiénes son los herederos forzosos?

Podemos leer en el mismo Real Decreto, en el Art. 807:

“Son herederos forzosos:

1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.”

Requisitos para la desheredación Requisitos para la desheredación

Los requisitos necesarios para que una desheredación sea válida, según el Código Civil Español, Sección 9na. De la desheredación, en sus artículos 848, 849 y 850 son:

“Artículo 848.

La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley.

Artículo 849.

La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.

Artículo 850.

La prueba de ser cierta la causa de la desheredación corresponderá a los herederos del testador si el desheredado la negare.”

Si la razón de la desheredación no se expresa en el testamento, no se encuentra justificada legalmente o es incierta, el legitimario podrá solicitar la anulación de la institución del heredero. Esto, siempre que vea perjudicada su legítima.

En otras palabras, cuando la desheredación no se realiza de acuerdo con la ley, el legitimario que se requería desheredar podría conseguir su legítima heredada.

Qué es y cuáles son las causas para una desheredación

Qué causa la desheredación ¿Qué causa la desheredación?

El Código Civil Español establece claramente las causas para la desheredación. Esto garantiza que no se pueda desheredar a un legitimario por una causa diferente a las establecidas en el Código Civil.

Las causas están clasificadas en genéricas y específicas.

Causas genéricas de desheredación Causas genéricas de desheredación

Las causas genéricas para desheredar a un legítimo están previstas en el Código Civil Español en los artículos 852 hasta 855:

Artículo 852.

Son justas causas para la desheredación, en los términos que específicamente determinan los artículos ochocientos cincuenta y tres, ochocientos cincuenta y cuatro y ochocientos cincuenta y cinco, las de incapacidad por indignidad para suceder, señaladas en el artículo setecientos cincuenta y seis con los números 1º, 2º, 3º, 5º y 6º.»

Las causas a las que se refiere el artículo anterior (Art. 756) son las siguientes:

Artículo 756.

Son incapaces de suceder por causa de indignidad:

1.º El que fuera condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o por haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al causante, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.

2.º El que fuera condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es el causante, su cónyuge, la persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.

Asimismo el condenado por sentencia firme a pena grave por haber cometido un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona agraviada.

También el privado por resolución firme de la patria potestad, o removido del ejercicio de la tutela o acogimiento familiar de un menor o persona con la capacidad modificada judicialmente por causa que le sea imputable, respecto de la herencia del mismo.

3.º El que hubiese acusado al causante de delito para el que la ley señala pena grave, si es condenado por denuncia falsa.(…)

(…) 5.º El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.

6.º El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior. (…)»

Causas específicas de desheredación Causas específicas de desheredación

Las causas específicas se refieren a los hijos y descendientes, a los padres y ascendientes y al cónyuge.

  1. Causas específicas referidas a los hijos y descendientes

Artículo 853.

Serán también justas causas para desheredar a los hijos y descendientes, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 2, 3, 5 y 6, las siguientes:

1.ª Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.

2.ª Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.”

  1. Causas específicas referidas a los padres y ascendientes

Artículo 854.

Serán justas causas para desheredar a los padres y ascendientes, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 1, 2, 3, 5 y 6, las siguientes:

1.ª Haber perdido la patria potestad por las causas expresadas en el artículo 170.

2.ª Haber negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.

3.ª Haber atentado uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.”

  1. Causas específicas referidas a los cónyuges

Artículo 855.

Serán justas causas para desheredar al cónyuge, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 2.º, 3.º, 5.º y 6.º, las siguientes:

1.ª Haber incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.

2.ª Las que dan lugar a la pérdida de la patria potestad, conforme el artículo 170.

3.ª Haber negado alimentos a los hijos o al otro cónyuge.

4.ª Haber atentado contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere mediado reconciliación.”

Qué efectos produce la desheredación ¿Qué efectos produce la desheredación?

El efecto que fundamentalmente se logra con la desheredación es la privación legalizada de la legítima al desheredado.

Por otro lado, los efectos de la desheredación no afectarán las donaciones realizadas en vida por el testador al desheredado. Esto, a menos que la causa de la desheredación constituya también una causa para la revocación de la donación.

El lugar del desheredado lo ocuparán los hijos o descendientes directos del testador. Además, mantienen todos los derechos en relación con la legítima como herederos forzosos.

La desheredación puede ser revertida por el testador mediante la reconciliación entre el testador y el desheredado.

Esperamos que este artículo sobre qué es y cuáles son las causas para una desheredación, les haya resultado útil. CD Nogueiras se encuentra comprometida en brindar un servicio de calidad de asesoría legal profesional. Es por esa razón que si necesitas algún tipo de información al respecto de esta guía, puedes contactarnos y responderemos tu solicitud a la mayor brevedad posible.

 

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